Requisitos y reglamento

Especialista Acreditados

Fecha: 2023

Acreditación como Cirujano Especialista en Pierna, Tobillo y Pie
La SAMECIPP reconocerá como Cirujano Especialista en Pierna, Tobillo y Pie a aquellos médicos que cumplan con las siguientes condiciones:
1. Se denomina Cirujano Acreditado en tobillo y pie al Médico, Doctor en Medicina o Médico Cirujano con especialidad traumatológica que luego de un lapso de práctica en la profesión como traumatólogo general, adquirió conocimientos especializados suficientes, fehacientemente acreditados, en cirugía de la pierna, tobillo y pie y se dedica habitualmente a su ejercicio.

2. La Sociedad Argentina de Medicina y Cirugía de la pierna, tobillo y pie, en asociación con las entidades reconocidas en todo el territorio del la República Argentina será la encargada de reconocer el ejercicio de la especialidad y el uso de la acreditación y re-acreditación.

3. Se define la cirugía de pierna, tobillo y pie, a la profundización del conocimiento y desarrollo de habilidades en esta especialidad de la Ortopedia y Traumatología que se ocupa de la prevención, el diagnóstico y tratamiento de las patologías que abarcan el sector anatómico mencionado.

4. La Comisión Directiva de la SAMeCiPP, establecerá anualmente la nómina de los nuevos Cirujanos de Pie, acreditados y re-acreditados que será informada en el Congreso de la Especialidad / Boletín oficial de la Sociedad.

5. Los ex-presidentes serán considerados Cirujanos acreditados y serán los encargados de la primera acreditación para los que cumplan los requisitos.

Título de médico argentino expedido por universidad nacional, privada o pública reconocida por la CONEAU o certificada por Ministerio de Educación de la República Argentina.
Título de médico extranjero homologado, con domicilio en Argentina de más de cinco (5) años y cargo en Hospital privado o público nacional.
Certificado de residencia o concurrencia completa en Ortopedia y Traumatología.
Título de Especialista en Ortopedia y Traumatología otorgado y homologado por Ministerio de Salud o Universidad Nacional
Certificado de ética profesional expedido por la Asociación Argentina de Ortopedia y Traumatología (AAOT) que acredite la ausencia de sanciones disciplinarias vigentes o en curso.
Certificado de Miembro Titular de la Sociedad Argentina de Medicina y Cirugía de Pie y Pierna (SAMeCiPP).
Certificado de Fellowship o Beca de Perfeccionamiento en la subespecialidad de al menos un (1) año de duración del Servicio reconocido nacional o extranjero (no excluyente).
Acreditar actividad asistencial en la especialidad:
a) Ser Miembro Staff del Sector Pierna, Tobillo y Pie de un Servicio de Ortopedia y Traumatología o ser Concurrente en Servicio de la especialidad de Tobillo y Pie o Equipo de Cirugía de Tobillo y Pie reconocido por la SAMeCiPP por más de dos años consecutivos con certificación por el Jefe del Servicio, o del Equipo o de la Institución correspondiente;
b) Acreditar experiencia propia en la cirugía de la Pierna, Tobillo y Pie: 100 casos anuales o 300 en los últimos tres años con diagnóstico y tratamiento realizado, bajo declaración jurada, acreditada por el Jefe del Servicio o Director de la institución;
Currículum Vitae completo con una foto color de tamaño 5x5cm, fondo blanco. Deben constar todas las certificaciones anteriormente citadas.
Carta de recomendación con el aval de dos (2) Miembros Acreditados
Ser socio con la cuota al día de la Asociación Argentina de Ortopedia y Traumatología (AAOT).
Ser Socio con cuota al día de la Sociedad Argentina de Medicina y Cirugía de Pie y Pierna (SAMeCiPP).
La documentación deberá enviarse por correo a secretaria@samecipp.org.ar colocando en el asunto: "Certificación cirujano acreditado SAMECIPP".
Una vez recibida y evaluada la documentación correspondiente, se deberá rendir y aprobar el "Examen para Cirujano acreditado en Pierna, Tobillo y Pie" que se tomará en lugar y fecha a determinar de acuerdo al reglamento vigente:
a) La SAMeCiPP a través de su Comisión Directiva conformará una comisión evaluadora compuesta por un mínimo de dos (2) miembros acreditados y jerarquizados para aprovechar su experiencia y visión del evaluado.
b) El candidato que no apruebe el "Examen para Cirujano acreditado de Pierna, Tobillo y Pie" podrá presentar una nueva solicitud para rendir dejando transcurrir un período mínimo de un (1) año desde la solicitud anterior. Cuando el candidato fuese reprobado en tres (3) oportunidades consecutivas no podrá solicitar nuevamente examen por un período de cinco (5) años.

La recertificación como Cirujano Acreditado en Cirugía de Pierna, Tobillo y Pie, deberá realizarse cada 5 (cinco) años. Descargue el Reglamento completo para consultar los requisitos de recertificación

La Comisión Directiva tendrá en cuenta para la recertificación como cirujano acreditado en patología de Pierna, Tobillo y Pie, las certificaciones y títulos obtenidos y la realización de actividad asistencial y académica por parte del aspirante de acuerdo al siguiente puntaje curricular según la actividad realizada:

1) Certificados y Títulos:
a. Doctorado en Medicina: 15 puntos
b. Master en Medicina: 10 puntos
c. Certificados de Especialización otorgados por otras Sociedades Científicas vinculadas a la Disciplina Médica: 5 puntos
d. Título de Especialista Universitario de Universidades Nacionales: 5 puntos
e. Certificado de miembro titular de la Asociación Argentina de Ortopedia y Traumatología (Miembro Titular AAOT): 20 puntos
f. Carrera docente completa: 6 puntos

2) Actividad asistencial:
a. Designación por concurso y ejercicio como jefe de servicio o división: 5 puntos/año
b. Designación por concurso y ejercicio como sub-jefe de servicio o división: 2 puntos/año
c. Designación por concurso y ejercicio como jefe de sección/departamento/equipo: 5 puntos/año
d. Actuación ininterrumpida como médico especialista en servicios acreditados por la SAMeCiPP con nombramiento oficial: 5 puntos/año
e. Actuación ininterrumpida como médico especialista en servicios acreditados por la SAMeCiPP sin nombramiento oficial refrendado por el Jefe de Servicio: 4 puntos/año
f. Actuación ininterrumpida como médico especialista en servicios no acreditados por la SAMeCiPP con nombramiento oficial: 2 puntos/año

3) Actividad Académica
a. Docencia de pregrado en la especialidad, en universidad nacional privada o pública (consultar Anexo 2 para puntajes)
b. Docencia de posgrado en la especialidad, en universidad nacional privada o pública (consultar Anexo 2 para puntajes).
c. Docencia de posgrado en la especialidad en la Asociación Argentina de Ortopedia y Traumatología (AAOT) o en la Sociedad Argentina de Medicina de Pie y Pierna (SAMeCiPP) (consultar Anexo 2 para puntajes).
d. Asistencia a congreso/cursos/actividades oficiales SAMeCIPP:
i. Congreso SAMeCiPP: 8 puntos
ii. Cursos oficiales prolongado 51 horas): 8 puntos.
iii. Cursos oficiales intermedios (21 a 50 horas): 6 puntos.
iv. Cursos oficiales breves (15 a 20 horas): 4 puntos.
e. Trabajos presentados en Congresos: 2 a 8 puntos.
f. Conferencias presentadas en Congresos: 6 a 8 puntos.
g. Participación en mesas redondas o simposios en sesiones científicas de Congresos: 2 a 8 puntos.
h. Asistencia a otros Congresos/Cursos/Actividades de la Especialidad: 2 a 10 puntos.
i. Publicaciones: 5 a 30 puntos.
j. Premios: 20 a 30 puntos.
k. Becas: 10 a 30 puntos.
l. Cargos directivos en sociedades científicas con certificación de mandato cumplido en el cargo: 2 a 18 puntos.

Todos los asuntos no contemplados en la presente Reglamentación, serán resueltos por la Comisión Directiva de la SAMeCiPP, o aquella que fuera designada a tal efecto por la misma.

Descargar Reglamento
Reglamento del exámen de acreditación como especialista: Leer Reglamento