Reglamentos SAMeCiPP

Reglamento de Exámen del Curso Teórico Bianual SAMeCiPP Online
enero 2022
De acuerdo con lo establecido en los estatutos sociales de la Sociedad Argentina de Medicina y Cirugía de Pierna y Pie (SAMeCiPP) y cumplidos los requisitos para acceder al examen anual del curso se establece:
ARTÍCULO 1:
Para estar en condiciones de poder rendir el examen del curso bianual, el postulante deberá tener el total de las siguientes condiciones:

1- Haberse inscripto en el curso teórico bianual online y haber realizado el correspondiente pago.
2- Folios o actividades online correspondientes a cada módulo presentados dentro de las fechas límites notificadas.

ARTÍCULO 2:
El postulante será sometido a una evaluación con la siguiente metodología:

a. El examen será no presencial. Se publicará con antelación la modalidad del mismo. El requisito de aprobación es responder correctamente al menos el 70% del contenido.
b. La no aprobación del examen será eliminatoria.

La calificación final del examen será Aprobado o Desaprobado.
El presidente de la SAMeCiPP o su representante subrogante dirimirá sobre cualquier situación presentada en el examen y no contemplada en el reglamento.

ARTÍCULO 3:
Los exámenes se efectuarán online en el periodo de tiempo que en cada caso fije la Comisión Directiva.

ARTÍCULO 4:
La mesa examinadora estará facultada para modificar o sustituir total o parcialmente los contenidos del examen teórico y/o de los casos problema.

ARTÍCULO 5:
La calificación final del examen será informada a cada uno de los postulantes por mail de secretaría, y quedará asentado en el libro de actas.

ARTÍCULO 6:
El postulante que no hubiere aprobado podrá presentarse al examen recuperatorio por única vez. Si no aprobara, deberá recursar el módulo correspondiente.

ARTÍCULO 7:
El postulante que no se hubiese presentado o hubiese reprobado la primera instancia del examen (noviembre), tiene máximo 2 años de finalizada la cursada para presentarse a rendir el examen del módulo correspondiente. Las actividades online deben estar completas a la fecha límite publicada el año de la cursada.

ARTÍCULO 8:
Los asuntos no contemplados en esta Reglamentación serán resueltos por la Comisión Directiva y/o el comité de Ética de la Sociedad.

Por consultas escribir a:

cursos@samecipp.org.ar